Cartel de Chela Valdez “es una forma de honrar la memoria de los desaparecidos, dignificar a las víctimas y no aceptar el olvido”

Ciudad Rodó Sociedad
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La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH), al pronunciarse sobre la censura a la imagen de Chela Valdez, durante el acto del centenario de la nominación como pueblo José Enrique Rodó, destacó que el cartel con la imagen de una de las cuatro madres vivas en el país que espera conocer el destino de su hijo desaparecido, “es una forma de honrar la memoria de los desaparecidos, dignificar a la víctimas y no aceptar el olvido”.

De acuerdo a la resolución Nº 1334/2024 de la INDDHH a la cual tuvo acceso Centenario, la investigación tenía como objetivo “determinar si hubo o no, vulneración de derechos atinentes a la censura temporal que sufrió la imagen representativa de la señora Valdez”.

En sus consideraciones, la institución defensora de los Derechos Humanos, señala que luego de analizada la información recabada, “se considera que haber tapado el cartel de la imagen de la señora Valdez, vulneró el derecho a la verdad, memoria y reparación integral para las víctimas de desapariciones forzadas y sus familiares. Ambos derechos están sólidamente anclados en los estándares internacionales de derechos humanos”.

Las víctimas de desapariciones forzadas tienen derecho a la reparación y a las garantías de no repetición. Una reparación adecuada, efectiva y rápida tiene por finalidad promover la justicia, remediando las violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos o las violaciones graves del derecho internacional humanitario”, se señala en las consideraciones.

El cartel de la señora Valdez cumple con diversas finalidades: es una forma de honrar la memoria de los desaparecidos, dignificar a las víctimas y no aceptar el olvido. Además, construye memoria colectiva sobre los crímenes del pasado de forma de evitar que tales violaciones de los derechos humanos se repitan en el futuro. Por lo tanto, el cartel de la señora Valdez trasciende a la propia víctima y a su hijo desaparecido. Es una forma de dirigirse a la sociedad en su conjunto”.

En definitiva, independientemente del lapso en que haya permanecido la lona con el logo de la celebración del centenario del pueblo, no es admisible la censura temporal del cartel de la señora Valdez, por los argumentos expuestos”,  concluyen las consideraciones de la INDDHH tras analizar el caso.

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