Manual para el elector: Lo que hay que saber antes de ir a votar

Elecciones 2024
Comparte esta noticia!
Share

Un total de 2.727.120 uruguayos están habilitados para votar el próximo domingo en las elecciones nacionales donde se elegirá al Presidente y Vice de la República, Senadores, Representantes Nacionales (Diputados) y Miembros de las Juntas Electorales de cada departamento y los plebiscitos de reforma del artículo 11 de la Constitución (allanamientos nocturnos) y reforma del artículo 67 de la Constitución (reforma de la seguridad social).

Los circuitos abrirán a las 8 de la mañana y la recepción de votos se extenderá hasta las 19.30 horas. Si se comprueba que hay electores aguardando para sufragar, se prorrogará el horario por un máximo de una hora y luego se cerrará el circuito.

Lo que se vota

Habrá tres clases de hojas: Una hoja de votación que contendrá las listas de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República, a la Cámara de Senadores, a la Cámara de Representantes y a la Junta Electoral Departamental.

Otra hoja de ratificación plebiscitaria que contiene el voto por SI del proyecto de reforma del artículo 11 de la Constitución, que refiere a los allanamientos nocturnos. Esta papeleta será de color amarillo.

Y la tercera, una hoja de ratificación plebiscitaria que contiene el voto por SI del proyecto de reforma del artículo 67 de la Constitución, que refiere a la seguridad social. Esta papeleta será de color blanco.

Para los proyectos de reforma constitucional, no habrá hojas que contengan el voto por NO. La voluntad contraria a la aprobación de la reforma se expresa mediante la no colocación de la hoja de ratificación plebiscitaria en el sobre de votación.

Circuitos Urbanos

Podrán votar todas las personas inscriptas en el Registro Cívico Nacional que tengan dieciocho años de edad a la fecha de las elecciones nacionales y que estén habilitadas para sufragar.

En el departamento de Soriano tienen esa categoría los ubicados en Mercedes, Dolores, Cardona. En ellos podrán votar los inscriptos en esos circuitos, los miembros de la mesa receptora de votos y el custodia. No se admitirá el voto de los delegados que no pertenezcan al circuito, cualquiera sea su categoría.

Circuitos rurales

Deberán votar los electores comprendidos en el circuito, los integrantes de mesa, y el custodia, además de los electores que no pertenezcan al circuito, siempre y cuando tengan vigente su inscripción en una circunscripción correspondiente a un circuito rural del departamento.

Voto observado

En los circuitos urbanos deberán votar observado los miembros de mesa y el custodia, si su inscripción no pertenece al circuito en el que trabajarán. Votarán en calidad de observados también, los ciudadanos habilitados a sufragar que concurran a un circuito rural, estando inscripto en otro de esa misma condición.

Circuitos accesibles

Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria, y les correspondiera votar en un local o comisión receptora de votos que no cuente con condiciones de accesibilidad, podrán sufragar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde, siempre y cuando exhiban su credencial cívica. En este caso se tomará el voto en carácter de observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación a modo de declaración jurada.

Cómo votar

El sufragio se realizará por orden de llegada en los circuitos electorales donde funcionarán comisiones receptoras de votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal. También habrá un funcionario facilitador, al que el votante podrá acercarse en caso de necesitar asistencia.  La credencial cívica es el único documento válido para votar.

Votantes que no presenten la credencial

Deben concurrir al circuito al que pertenecen e indicar su nombre y apellido y la serie y número de su credencial. Las personas que voten en estas circunstancias necesariamente deberán figurar en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales.

 Hojas de votación en los circuitos

La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será competencia de los partidos políticos; son sus delegados los encargados de abastecer de hojas a los circuitos durante la jornada electoral. En el caso de que el votante no encontrara la hoja que desea podrá retirarse sin votar y volver en otro momento. La Corte Electoral garantizará la existencia de hojas de ratificación plebiscitaria en cada circuito.

 Sobre la anulación del voto

Cuando exista una causal de anulación, se anulará todo el contenido del sobre, tanto hojas de votación como de ratificación plebiscitaria.

 Constancia de voto

Por ser una elección de carácter obligatorio, se le entregará una constancia de voto a cada elector. Se recomienda revisar los datos que figuran en ésta antes de retirarse.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *