Todo lo que hay que saber sobre la segunda vuelta electoral del domingo

Elecciones 2024
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El próximo domingo tendrá lugar la segunda vuelta electoral, o balotaje en Uruguay. El horario de votación será de 8 a 19.30 horas. El voto es de carácter obligatorio para todos los habilitados. No hay límite de edad. En esta oportunidad se elegirá Presidente y Vicepresidente de la República para el periodo 2025 – 2030.

 Habilitados para votar: Podrán votar todas las personas inscriptas en el Registro Cívico Nacional que tengan dieciocho años de edad a la fecha de las Elecciones Nacionales y hayan figurado en el padrón de habilitados de dichas elecciones.

Circuitos urbanos: Los electores siempre deberán pertenecer al circuito.

 Circuitos rurales: En estos circuitos podrán votar aquellos electores que no pertenezcan al circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica. En este caso, las personas votarán en carácter de observado simple.

Circuitos accesibles: Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria, y les correspondiera votar en un local o Comisión Receptora de Votos que no cuente con condiciones de accesibilidad, podrán sufragar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde, siempre y cuando exhiban su credencial cívica. En este caso se tomará el voto en carácter de observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación a modo de declaración jurada. No se admitirán votos observados por encontrarse fuera del departamento

Cómo votar: El sufragio se realizará por orden de llegada en los circuitos electorales donde funcionarán Comisiones Receptoras de Votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal. También habrá un funcionario facilitador, al que el votante podrá acercarse en caso de necesitar asistencia.  La credencial cívica es el único documento válido para votar.

Votantes que no presenten la credencial: Deben concurrir al circuito al que pertenecen e indicar su nombre y apellido y la serie y número de su credencial. Las personas que voten en estas circunstancias necesariamente deberán figurar en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales.

Electores no videntes o físicamente imposibilitados: Quienes se encuentren en esta situación podrán hacerse acompañar al cuarto secreto por una persona de su confianza o un miembro de la Comisión Receptora de Votos, si así lo desea.

Hojas de votación en los circuitos: Las Comisiones Receptoras de Votos colocarán en los cuartos secretos las hojas de votación remitidas oportunamente a las Juntas Electorales por parte de las fórmulas presidenciales. La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será competencia de los delegados representantes de las candidaturas presidenciales. Ellos serán los encargados de abastecer de hojas a los circuitos durante la jornada electoral. En el caso de que el votante no encontrara la hoja que desea podrá retirarse sin votar y volver en otro momento.

Multas

Las personas habilitadas para votar que no hubieren sufragado ni justificado su omisión, deberán hacer efectivo el pago de la multa. Costo de la multa: $1.740 (pesos uruguayos mil setecientos cuarenta). Costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: $3.480 (pesos uruguayos tres mil cuatrocientos ochenta). El pago de las multas se podrá tramitar a través de un formulario que quedará disponible en la página web de la Corte Electoral. No hay plazo para realizar el trámite y deberá abonarse una multa por cada elección en la que no se vote.

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