La Justicia le aplicó una medida cautelar de presión ante la eventualidad de fuga tras conocer que se enfrenta a un pena mínima de 10 años de penitenciaría
El autor del homicidio registrado el martes pasado en Cardona, que le costó la vida a Miguel Richard Sarabí, de 41 años de edad, se le aplicó una medida cautelar, consistente en prisión preventiva por 60 días mientras se sustenta el juicio, enfrentándose a “un delito de homicidio especialmente agravado”, según dictaminó la jueza del caso Ana Julia Fuentes, encargada del Juzgado Letrado de cuarto turno de la ciudad de Mercedes.
De acuerdo a la solicitud de formalización de Fiscalía a la cual accedió Centenario, la calificación jurídica solicitada por la Fiscal Stella Alciaturi, al autor del hecho, Alejandro Olivera Pérez, de 21 años de edad, es “un delito de homicidio especialmente agravado por la premeditación”, atribuyéndose al imputado la “calidad de autor en virtud de que ejecutó los actos consumativos del delito referido. En efecto, el imputado (Olivera) invitó a la víctima a concurrir a su domicilio, haciendo que este creyera que le iba a pagar la deuda contraída, y una vez allí, lo agredió con un arma blanca, asestándole 13 puñaladas, algunas de las cuales tuvieron la gravedad suficiente como para provocarle la muerte”, señala el informe.
La ausencia de suma alguna de dinero en el domicilio donde se registró el incidente, “revela que el propósito de imputado no era efectuar pago alguno sino dar muerte a la víctima, tal como se lo anunciara el día en que se ofuscó porque este le exigía la suscripción de un vale que garantizara el cobro”.
Los hechos
De acuerdo a la investigación realizada por Fiscalía, el imputado (Olivera) mantenía con la víctima una deuda proveniente de apuestas realizadas en una plataforma online, en la formalización Fiscal a la que accedió Centenario.
La víctima trabajaba en un local de máquinas tragamonedas y además en una plataforma digital perteneciente a la misma firma, que recogía apuestas deportivas y similares. Es en dicha plataforma digital en la que el ahora formalizado realizaba sus apuestas. Sarabí le había habilitado una línea de crédito, mediante la cual, el cliente apostaba y posteriormente, abonaba el costo de la misma.
“A partir del día 12 de julio de 2022, se dan sucesivos diálogos entre víctima e imputado, en los que el primero le solicita el pago de la deuda. Ambos dialogan en forma cordial y la víctima en reiteradas oportunidades le expresa diversas excusas”.
“En virtud de que la deuda del imputado había alcanzado un monto superior a los cien mil pesos, la víctima le solicitó que firmara un título valor (vale) que garantizara el cobro de la misma”, acota el informe.
El día 12 de octubre, el imputado le expresa a la víctima mediante un diálogo de audios por red whatsapp que ya había conseguido la totalidad del dinero para saldar la deuda y que acudiera a su encuentro con el vale a efectuar el cobro
Pero fue finalmente el día 18 de octubre a la hora 10.17, que Sarabí le envía un mensaje de whatsapp que expresa “si estás paso”, a lo que Olivera contesta que después de mediodía le avisaría. Y así fue, a la hora 14.12 le manifiesta que se encontraba en la casa y Sarabí fue a su encuentro.
El ahora fallecido le solicitó a su esposa que le entregue el vale y a la hora 15 sale de su domicilio y se dirige en su automóvil hacia la casa del imputado, expresando a su concubina que iba a cobrar esa cuenta y a entregar el vale
Catorce minutos después de que la víctima abandonara su domicilio, Olivera se comunica al servicio 911 solicitando que acudiera al lugar un ambulancia y policía. Posteriormente realiza tres nuevas llamadas reiterando la solicitud, ya que la ambulancia no llegaba.
De las evidencias colectadas en la escena del hecho e informe primario del médico forense, surge que se dio una agresión encarnizada mediante la provocación de 13 heridas de arma blanca (puñaladas) provocadas en el tórax y dorso de la víctima, diez en tórax y abdomen y tres en dorso y que, al menos dos de las mismas eran de riesgo vital, esto es, revestían entidad suficiente para provocarle la muerte ya que perforaron pulmón y la aurícula derecha del corazón, provocando un hemoneumotòrax de importancia, y en definitiva el deceso.
Se destaca en el informe de Fiscalía que el ataque se produjo en al menos dos lugares de la finca, que la víctima presenta además de las descritas, múltiples heridas en dedos y antebrazo que conforman, conforme lo expresó el forense, heridas de defensa y que, a estar a su punto de vista, intentó sustraerse del ataque huyendo, y que fue, en esas circunstancias, o cuando finalmente caía que le fueron asestadas las lesiones que presenta en el dorso (espalda), tres de las cuales son punzantes y otra superficial.
Por su parte, el imputado no registra lesiones que determinen incapacidad alguna, si traumatismo de nudillos, hombro y codo. El mismo expresó al facultativo que había golpeado la pared con el puño por su propia voluntad.
No se encontró en el domicilio suma alguna de dinero destinada al pago de la deuda. Tampoco fue hallado el teléfono celular que el imputado utilizó para comunicarse al servicio 911 aunque si la caja y el cargador, se le solicitó al mismo el referido aparato y manifestó no saber donde estaba. Lo que si fueron halladas en el domicilio fueron tres armas blancas (cuchillos) una de porte importante, cuya vaina se encontraba sobre la mesada de la cocina, con evidentes rastros de sustancia pardo rojiza que arrojó resultado positivo a sangre humana, otro también de porte importante, que se encontró enfundado sobre la chimenea en la sala de estar del lugar, el que aparentemente no fue utilizado y un tercero, de pequeño porte, que se encontraba en el piso de la cocina a unos dos metros de la víctima.
La víctima se encontraba en el suelo, de cubito ventral, es decir boca abajo, y en su cintura, se encontraba una vaina de cuero negra de pequeño porte, cuyo tamaño presenta coincidencias con el que se encontraba en el piso.
La concubina de la víctima y un amigo que lo conocía desde hace años, expresan que Sarabí nunca llevaba un cuchillo en su cintura, que si guardaba en su automóvil dos cuchillos, uno cabo de plata y otro de cabo de madera, que utilizaba cuando iba de pesca o cuando cortaba los hilos de las bolsas de ración de sus animales. Policía científica constató el hallazgo de estos dos cuchillos exactamente en el lugar en que los testigos declararon.
Peligro de fuga y obstaculización de la investigación
La Juez del caso, Dra. Ana Julia Fuentes del Juzgado de cuarto turno de la ciudad de Mercedes, señaló al portal de noticias Agesor, que la medida cautelar se dio porque “existe semi plena prueba de la existencia de los hechos, y de la participación del imputado en los mismos, así como elementos de convicción suficientes respecto a los riesgos procesales alegados por Fiscalía, esto es en cuanto al peligro de fuga , la existencia de una imputación de homicidio especialmente agravado con un mínimo de pena de 10 años de penitenciaria y ante la pena prevista exista el riesgo de fuga . Por otra parte existe riesgo de obstaculización de la causa, ya que de hecho ya ocultó evidencia como fue el celular con que se comunicó con la policía el cual no fue hallado hasta el momento.”, indicó.