El voto en blanco, una de las opciones que los electores tienen a la hora de sufragar, en esta instancia no representa una acción sin consecuencias para quienes procuran ganar, ya que se toma un cuenta como un voto válido que se suma a la opción del NO a la derogación de los 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración (LUC) que se ponen a referéndum en el día de mañana domingo.
Voto en blanco
Se considerará voto en blanco aquellos votos cuyos sobres no contengan hojas de votación del acto que se celebra. Estos votos constituirán un voto válido y los mismos serán considerados votos por NO
Voto anulado
Se considerará voto anulado cuando aparezcan dentro de un sobre: hojas de votación por el SI y por el NO; hojas de votación acompañadas por objetos extraños; hojas de votación rayadas, testadas o con roturas o dobleces que por su entidad denoten la intención del elector de identificar su voto; tres o más hojas idénticas. Estos votos no serán válidos y los mismos no sumarán para el SI, ni para el NO.