Semana próxima la Corte Electoral decidirá si suspende o no la ciudadanía al Intendente Besozzi

Departamento Política
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El Juzgado Letrado de la ciudad de Mercedes, comunicó esta semana a la Corte Electoral, la formalización del intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, y según el Código de Proceso Penal puede ver suspendida su ciudadanía, informó ayer el semanario Búsqueda y confirmó a Centenario uno de los ministros de la Corte, el constitucionalista José Korzeniak. El tema se tratará la semana próxima, y en caso de que el Intendente vea suspendida la ciudadanía, deberá dejar el cargo para el cual fue electo. Para que el Jefe Comunal vea suspendida la ciudadanía, la Corte deberá pronunciarse por mayoría (5 a 4) y que tres de los votos sean de ministros neutrales.

A algo más de cuatro meses de la imputación del intendente de Soriano, Guillermo Besozzi, por delitos de corrupción, el Poder Judicial comunicó este martes 9 su formalización a la Corte Electoral y ahora el dirigente aguarda por una posible suspensión de su ciudadanía, tal como establece el Código del Proceso Penal (CPP).

El CPP establece en su artículo 266 que “la formalización de la investigación aparejará la sujeción del imputado al proceso y dará comienzo al sumario” y agrega que, “cuando se produzca en causa en la que pueda recaer pena de penitenciaría, tendrá el efecto previsto en el artículo 80 de la Constitución de la República”. El artículo 80 de la Constitución menciona siete causales por las que “se suspende la ciudadanía”, entre ellas, “por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría”, es decir, de dos o más años.

Suspensión de la ciudadanía

Una fuente de la Corte Electoral informó a Búsqueda que “la condición de legalmente procesado” es equiparable a la de “la formalización de la investigación”, por lo que una vez que el Poder Judicial comunique a la corte que el ciudadano ha sido formalizado, si de la causa puede derivar una pena de dos años o más, se le suspendería la ciudadanía.

Para Fagúndez, con el CPP vigente no correspondería la notificación hasta que no haya una condena, por lo que en las próximas horas presentará un planteo ante la corte y el Parlamento.

Según el abogado, cuando una persona es formalizada “no hay una estimación de la pena” porque “todavía no está firme el delito”, ya que puede ser imputada por determinados delitos y terminar condenada por otros, o incluso absuelta, además de que aún rige el principio de inocencia. “La pena recién aparece en la condena”, asegura. La formalización de Besozzi recién quedó firme en mayo, luego de las elecciones departamentales, cuando fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones.

Fagúndez, que ha criticado el CPP vigente, opinó que su artículo 266 “choca con todos los principios y todo lo que la jurisprudencia ha fallado respecto de las formalizaciones, por ejemplo, que no hay delito firme en la formalización”. También cuestionó el accionar de la Justicia: “O no entendieron el código o hacen lo que se les antoja. Lo que estoy viendo en tribunales y sentencias muy importantes es una desconsideración del derecho”.

 “Sorpresa” ante esta comunicación judicial

En el entorno de Besozzi reaccionaron con “sorpresa” ante esta comunicación judicial. “Lo podrían haber hecho antes. Lo podrían haber hecho cuando la formalización o cuando se presentó como candidato o cuando asumió. No hay ningún caso igual contra un dirigente político en la historia reciente. Esto es más político que otra cosa”, cuestionó a Búsqueda un allegado al intendente.

Fuentes del Poder Judicial señalaron a Búsqueda que si bien la normativa vigente establece que se debe suspender la ciudadanía a quienes son formalizados por una causa que pueda resultar en una pena de penitenciaría, en general la práctica en los juzgados penales es la de comunicar las condenas, no las formalizaciones, debido a que los jueces son los responsables de interpretar la norma en cada caso.

Besozzi está imputado por siete delitos de corrupción pública como presunto autor responsable de reiterados delitos vinculados al tráfico de influencias y peculado. Estuvo aproximadamente un mes y medio con arresto domiciliario, pese a lo cual ganó las elecciones departamentales. En las últimas semanas, a pedido de su defensa, la Justicia de Soriano dispuso que el arresto domiciliario solo fuera nocturno y le permitió circular libremente durante el día, hasta el viernes 5 de setiembre que la jueza eliminó la medida.

Aún se mantienen medidas cautelares como tener que presentarse una vez por semana a una seccional de Policía y el cierre de fronteras.

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